Julio es el mes en el que las sociedades se juegan el cumplimiento del ejercicio: hay que cerrar la contabilidad, aplicar los ajustes correctos y presentar el Modelo 200 dentro de plazo. No es solo trasladar el resultado contable, es conciliarlo con la normativa fiscal, y ahí es donde suelen aparecer los errores que luego cuestan dinero.
La declaración del Impuesto sobre Sociedades del ejercicio 2025 se presenta, con carácter general, entre el 1 y el 27 de julio de 2026. Si el resultado sale a ingresar y quieres domiciliar el pago, tu plazo real es más corto: termina el 22 de julio. Son cinco días de diferencia que cada año pillan a alguien a contrapié.
| Trámite | Fecha límite |
|---|---|
| Cuentas anuales aprobadas en junta | 30 de junio |
| Domiciliación del pago (si sale a ingresar) | 22 de julio |
| Presentación del Modelo 200 | 27 de julio |
No todo el mundo tributa al mismo tipo
La reducción progresiva de tipos para pymes y microempresas sigue avanzando. Antes de calcular la cuota, conviene confirmar en qué tramo está tu sociedad, porque aplicar el tipo equivocado por desconocimiento es, con diferencia, el error más repetido de esta campaña.
- Microempresas: 21% sobre los primeros 50.000€ de base imponible, 22% sobre el exceso.
- Pymes entre 1 y 10 millones de facturación: 24%, en aplicación del régimen transitorio de la Ley 7/2024.
- Régimen general: 25%, para las entidades que no encajan en los tramos reducidos.
Los errores que más se repiten
Cada campaña se repiten los mismos fallos, y casi todos son evitables si se revisan con margen:
- No dotar la reserva de capitalización: una de las deducciones más rentables para empresas que no reparten dividendos, y muchas la dejan pasar. Ahora puede llegar al 20% de la base imponible positiva.
- Gastos no deducibles contabilizados como deducibles: multas, sanciones, liberalidades y ciertos gastos de representación no reducen la base imponible aunque estén contabilizados.
- CNAE desactualizado: esta campaña incorpora la adaptación al CNAE 2025, y un código antiguo genera incoherencias que la AEAT ya detecta de forma automática.
- Bases imponibles negativas mal documentadas: compensar pérdidas de ejercicios anteriores exige respetar los límites del 70%, 50% o 25% según la cifra de negocio, con el soporte documental listo.
Consejo de Arklos
Presenta con margen, no el día 27. Si tienes dudas sobre qué tipo te corresponde o si la reserva de capitalización te compensa este ejercicio, es mejor resolverlo ahora que corregirlo después de enviar la declaración.
En Arklos revisamos el Modelo 200 antes de presentarlo: tipo aplicable, ajustes, deducciones y coherencia con las cuentas anuales. Si quieres que le echemos un vistazo al tuyo antes del 27 de julio, escríbenos.
