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Alta autónomos

Alta en Hacienda y en la Seguridad Social, epígrafe y obligaciones bien configuradas desde el primer día.

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Darte de alta como autónomo sin perderte en trámites

Te guiamos en el alta en Hacienda y en la Seguridad Social, revisando la actividad, el epígrafe, las obligaciones fiscales y los primeros pasos de gestión.

La mayoría de problemas de un autónomo nacen en el alta: un epígrafe mal elegido, un régimen de IVA que no toca o una cuota que no se ajusta a los ingresos reales.

Qué incluye

Todo lo necesario para empezar a facturar

  • Alta censal

    Declaración censal en Hacienda con las obligaciones de IVA e IRPF que correspondan.

  • Alta en el RETA

    Alta en la Seguridad Social y elección de la base de cotización según tus rendimientos previstos.

  • Epígrafe y régimen

    Revisión de la actividad, el epígrafe del IAE y el régimen fiscal aplicable.

  • Cuota reducida

    Comprobamos si puedes acogerte a la cuota reducida de inicio de actividad.

  • Facturación

    Cómo facturar, qué datos debe llevar cada factura y qué guardar.

  • Primer calendario

    Qué modelos presentarás y cuándo, para que no haya sorpresas en el primer trimestre.

Marc normatiu

Lo que dice la norma sobre el alta

  1. Declaración censal de alta

    Hay que darse de alta en el censo de empresarios y profesionales antes de iniciar la actividad.

  2. Quién debe estar en el RETA

    Quien realiza de forma habitual, personal y directa una actividad económica a título lucrativo sin contrato de trabajo.

  3. Cotización por ingresos reales

    Desde la reforma del Real Decreto-ley 13/2022, la base de cotización se elige según los rendimientos netos previstos y se regulariza después.

  4. Cuota reducida de inicio

    Las nuevas altas pueden pagar una cuota reducida durante los primeros meses si cumplen los requisitos.

  5. Facturar desde el primer día

    Obligación de expedir factura por las operaciones de la actividad, con los datos que fija el reglamento.

Cómo lo hacemos

  1. 01

    Antes del alta

    Revisamos qué actividad vas a iniciar y qué obligaciones tendrá.

  2. 02

    Durante el trámite

    Preparamos y presentamos la documentación necesaria en Hacienda y Seguridad Social.

  3. 03

    Después del alta

    Te explicamos cómo facturar, qué guardar y cuándo presentar impuestos.

Preguntes freqüents

¿Qué va antes, Hacienda o la Seguridad Social?

La declaración censal en Hacienda va antes de iniciar la actividad; el alta en el RETA se presenta con carácter previo al inicio. Lo coordinamos para que las fechas encajen.

¿Cuánto pagaré de cuota?

Depende de los rendimientos netos que prevés obtener, porque la cotización se basa en ingresos reales, y de si puedes acogerte a la cuota reducida de inicio. Lo calculamos contigo antes del alta.

¿Puedo darme de alta si trabajo por cuenta ajena?

Sí, es el pluriempleo/pluriactividad. Revisamos cómo afecta a tu cotización y a tus impuestos.

¿Empiezas tu actividad?

Cuéntanos qué vas a hacer y te decimos qué alta necesitas y qué obligaciones tendrás.